El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de la acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho contra el Servicio Geológico Colombiano (SGC).

La decisión obliga a la entidad a ajustar sus comunicaciones institucionales a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, que regula el uso de la publicidad oficial.

La demanda se originó tras publicaciones del SGC en su cuenta oficial de X, en las que replicó mensajes presidenciales sobre la crisis de la Nueva EPS y convocó a movilizaciones ciudadanas.

Según el Tribunal, estas piezas comunicacionales excedieron el objeto misional de la entidad, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, y constituyeron publicidad oficial ajena a sus funciones.

Publicidad oficial no puede promover servidore

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