La reincidencia —las condenas impuestas en los cinco años previos a un nuevo delito— ya no será considerada una "circunstancia de mayor punibilidad". EL TIEMPO conoció en primicia que la Sala Plena de la Corte Constitucional, el pasado 10 de diciembre, modificó el artículo 58 del Código Penal, que define estos parámetros, y eliminó esta causal.

Prepárese para las elecciones atípicas de Bucaramanga | Habrá ley seca, aumento de pie de fuerza: todo lo que debe saber de esta jornada electoral

La ponencia, del magistrado Miguel Polo Rosero, estudió una demanda contra la Ley 2197 de 2022, que introdujo varias reformas al Código Penal. En particular, analizó el artículo 7, que incluyó como causal de aumento de pena el hecho de que el procesado, “dentro de los sesenta meses anteriores a la comis

See Full Page