Las imágenes de la incautación de un buque petrolero venezolano la tarde de este jueves han provocado la reacción tanto de Caracas, como el repudio internacional de Rusia , China e Irán. En este contexto, ¿qué dice la legislación sobre este tipo de operaciones y cómo se sanciona?
Aunque el imaginario popular la asocia a los piratas con la idea de hombres con parches en el ojo, lo cierto es que hay una rigurosa definición jurídica de un delito que no ha perdido vigencia. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), adoptada en 1982 y en vigor desde 1994, es el principal marco que ordena la materia a nivel global.
¿Qué se considera piratería?
El artículo 101 de la UNCLOS define la piratería como "todo acto ilegal de violencia, detención o depredación" cometido con " fines privados ", desde un buque o aeronave privada contra otra "en alta mar" o en "un lugar situado fuera de la jurisdicción de ningún Estado".
En caso de que el asalto ocurra en aguas territoriales, deja de ser 'piratería' en sentido estricto y se clasifica como "robo a mano armada contra buques", de acuerdo con el Código de Prácticas de la Organización Marítima Internacional (OMI).
La diferencia entre ambos delitos no es menor, ya que determina qué Estados pueden intervenir, qué tipo de tribunal puede juzgar y cómo se catalogan esos delitos.
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— RT en Español (@ActualidadRT) December 10, 2025
Sin embargo, de acuerdo a la normativa internacional, un Estado no puede abordar buques extranjeros en alta mar salvo en casos estrictos, establecidos en el artículo 110 de la Convención sobre el Derecho del Mar. Estos supuestos son: piratería, tráfico de esclavos, emisiones no autorizadas, buque sin nacionalidad o sospecha de que el buque tiene la misma nacionalidad del Estado que interviene.
Si un Estado actúa sin cumplir esos supuestos, es controvertido. Muchos analistas consideran que, en esos casos, se trata de una interdicción unilateral sin base universal , que puede vulnerar el principio de libertad de navegación establecido en el artículo 87 de la UNCLOS.
Sin embargo, lo que está claro es que la piratería es un delito de jurisdicción universal, es decir, que cualquier país puede detener y procesar a sus responsables, con independencia de su nacionalidad o del pabellón del barco atacado.
¿Cómo se combate?
La persecución de este tipo de delitos es compleja por la zona donde se desarrolla , los intereses que afecta y el entramado internacional que debe desentrañarse. La Organización Marítima Internacional (IMO) ya tiene establecidas ciertas áreas de "riesgo" en el mundo y fija los estándares de seguridad para los buques.
Por su parte, la UNCLOS insta a todos los Estados a mantener su cooperación "en toda la medida de lo posible" para evitar la piratería, mientras que los centros de reporte, aseguradoras y navieras proveen información en tiempo real para evitar cualquier tipo de incursión ilegal contra las embarcaciones.
Los centros de reporte más conocidos son el Centro británico de coordinación para la seguridad del comercio marítimo, (UKMTO por sus siglas en inglés); el Centro europeo de seguridad marítima para el Cuerno de África (MSCHOA) y el Centro internacional de denuncias de piratería del IMB (PCR).
En el ámbito internacional, cuando el capitán de una embarcación detecta que se acerca otra con intenciones hostiles, alerta a buques cercanos y activa operaciones navales internacionales que se basan en protocolos de seguridad y comunicación, aunque no siempre dependen de la acción directa de los Estados .
De hecho, la guía de Mejores Prácticas de Gestión (BMP) para la Seguridad Marítima ofrece una serie de medidas que pueden aplicar los propios barcos para evitar los actos de piratería, entre las que se encuentran el aumento de la velocidad, el uso de zigzagueos, el refuerzo de las barreras metálicas y la vigilancia permanente.
¿Quién sanciona?
El artículo 105 de la UNCLOS indica que cualquier Estado está en capacidad de capturar un buque pirata en alta mar para juzgarlo en sus tribunales, pero en la práctica la aplicación de esta cláusula depende de la legislación interna de cada país y de su voluntad política de enjuiciar.
Una de las principales dificultades reside en reconstruir jurídicamente lo ocurrido: quién realizó la detención, en qué aguas, bajo qué protocolos, qué pruebas se recogieron y cómo se conservan. No todos los Estados han incorporado de manera clara la piratería en sus códigos penales, ni todos utilizan la misma definición.
En el caso de EE.UU., aunque no ha ratificado la UNCLOS, reconoce gran parte de sus disposiciones como derecho internacional consuetudinario y las ha incorporado a su normativa. Bajo sus leyes, se prevé la cadena perpetua para quien cometa "el delito de piratería según el derecho de gentes".
En Francia pasa algo similar, ya que la prisión de por vida puede aplicarse en caso de violencia grave . Países Bajos, por su parte, contempla sentencias de varios años, que pueden llegar hasta los 20 en casos agravados. Este tipo de condenas pueden ir aparejadas a penas accesorias como la confiscación, multas criminales e inhabilitación marítima para los responsables.
A las normas sobre piratería de UNCLOS se suma otro instrumento clave: el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima ( Convenio SUA, de 1988 ), que obliga a los Estados a tipificar y perseguir actos violentos contra buques que no encajan en la definición clásica de piratería.
¿Puede implicarse el Consejo de Seguridad de la ONU?
En casos extremos puede implicarse el Consejo de Seguridad de la ONU. La intervención de esta instancia ocurre cuando la piratería llega a representar una amenaza sistemática, como pasó en el caso de Somalia, cuando se autorizaron operaciones armadas en el mar territorial de otro país y sanciones individuales a los financistas de este delito.
De acuerdo a la legislación internacional, el Consejo de Seguridad no puede declarar "pirata" a un Estado, ya que la UNCLOS lo considera un "delito privado". Ese cónclave tampoco puede autorizar la confiscación de buques ajenos sin base jurídica específica.
Otra de las limitaciones es que no se puede crear una jurisdicción universal nueva, ni imponer medidas coercitivas sin la activación del régimen formal contemplado en el Capítulo VII de la Carta de la ONU.

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