Un nuevo grupo de empresas peruanas está obligado, desde este mes, a presentar la declaración jurada informativa del beneficiario final ante la SUNAT, en cumplimiento de la resolución publicada en mayo de 2025.

Esta medida, vigente desde 2019, busca identificar a las personas naturales que ejercen control efectivo o se benefician de las personas jurídicas y entes jurídicos, como parte de los esfuerzos para combatir la evasión fiscal, el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

¿A quiénes alcanza la obligación?

La obligación recae sobre todas las personas jurídicas domiciliadas en el Perú que no hayan presentado la declaración en años anteriores. El cronograma oficial, publicado por SUNAT, establece cinco tramos según el nivel de ingresos netos anuales de las empresas:

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