La Corte de Apelaciones del Tercer Distrito de Florida ha confirmado esta semana que el gobierno municipal de Miami no tiene la facultad de modificar por sí solo la fecha de sus elecciones. En un fallo categórico, el tribunal ratificó que cualquier cambio en el calendario electoral debe contar con la aprobación de los votantes a través de un referéndum, conforme a lo establecido en la Carta Orgánica de la ciudad y del Condado Miami-Dade.
«Sostenemos que la Ciudad no puede promulgar una ordenanza que en efecto modifique su Carta Orgánica sin someter el asunto a la voluntad y voto de sus constituyentes mediante referéndum, como lo requieren tanto la Carta Orgánica de la Ciudad como la del Condado de Miami-Dade. Por lo tanto, como declaró correctamente el tribunal de primera instancia, la Or