La normativa fijó la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) en 0% para mercaderías del sector minero, entre las que se encuentran productos que pertenecen al universo de minería no metalífera, metalífera, rocas de aplicación, combustibles, piedras preciosas y/o semipreciosas.
En el texto oficial, el Ejecutivo destacó que “la presente medida busca impulsar la competitividad del sector minero , en concordancia con los principios de libertad económica y apertura comercial, asegurando, al mismo tiempo, el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de equilibrio de las cuentas públicas y promoviendo un desarrollo productivo sostenible, respetuoso de la estabilidad fiscal”.
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