El Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo implementado por el Servicio Penitenciario Federal (SPF) mediante la Resolución 35/2024 del Ministerio de Seguridad , ha generado debate sobre su compatibilidad con las normas internacionales para el tratamiento de reclusos.

Sus detractores sostienen que este sistema de gestión contradice ostensiblemente el principio de convencionalidad y, en consecuencia, vulnera el bloque de Constitucionalidad Federal (artículo 75 inciso 22 de nuestra Constitución Nacional ); en esa sintonía, varios internos segmentados con índices de Alto Riesgo y necesidades de abordaje especial en función de sus particulares características criminológicas, sometidos a la gestión del alojamiento específico para los casos de Alt

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