El 18 de agosto de 2025, se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.927 una resolución que prohíbe en todo el territorio de Venezuela la compra, venta, fabricación, importación, distribución, instrucción, capacitación, adiestramiento, registro y operaciones de vuelos de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA). Esta medida incluye tanto aeronaves remotamente pilotadas como aeromodelos, así como sus partes y componentes. La prohibición tendrá una duración de 30 días, con posibilidad de prórroga.
El anuncio fue realizado por el ministro de Transporte, Ramón Velásquez Araguayán, a través de su cuenta de Instagram. Velásquez Araguayán indicó que esta decisión se toma "en estricto cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela" y en respuesta al deber del Ejecutivo Nacional de regular la navegación en el espacio aéreo del país.
La resolución fue emitida en conjunto con los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Defensa, y Economía y Finanzas. El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac), que actúa como la autoridad aeronáutica del país, será el encargado de implementar esta directriz. Además, el Inac coordinará con los órganos de seguridad y defensa del Estado para asegurar el cumplimiento de la medida y podrá abordar aspectos no contemplados en la resolución.
Esta prohibición se aplica a todos los ciudadanos, excepto a los organismos de seguridad ciudadana y de defensa de la nación, quienes están exentos de esta restricción. La medida busca garantizar la seguridad en el espacio aéreo venezolano y regular el uso de aeronaves no tripuladas.