El juzgado ordenó al pleno del JNE cumplir, en un plazo de dos días hábiles, con lo que dispuso en su Resolución N.º 1, emitida el 31 de julio de 2025, en la que determina que se reconozca la inscripción de la organización política y así pueda participar en elecciones generales 2026 .
El Tercer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró nula la resolución del Jurado Nacional de Elecciones ( JNE ) —del pasado 1 de agosto— que había declarado inejecutable un mandato judicial a favor del partido Unidad Popular ( UP ), liderado por Duberlí Rodríguez, para que pueda participar en las elecciones generales de 2026 .
En su fallo, el tribunal ordena al pleno del JNE cumplir, en un plazo máximo de dos días hábiles, con lo dispuesto en la Resolución N.