La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social se pronunció en un caso sobre la imposibilidad de las personas de iniciar un trámite ante ANSES: se trató de un amparo promovido por una mujer para que el organismo previsional le permita comenzar el expediente para obtener una pensión por fallecimiento, amparada en el artículo 4 de la Ley 27.705.
El conflicto no giraba en torno a si correspondía o no otorgar la pensión, ni al monto, ni a sus condiciones de acceso, sino al hecho previo de que la persona no podía obtener siquiera un turno. El fallo precisó que “en la actualidad ya concluyó el plazo de vigencia de la ley 27.705” y que la actora "ejerció su derecho a solicitar el beneficio con invocación del plan de regularización de deuda allí contemplado en plena vigencia de la ley cita