El Gobierno nacional oficializó, mediante el Decreto 614/2025, nuevas disposiciones respecto a los feriados nacionales en el país. Teniendo en cuenta que, en lo que resta de año, todavía quedan cuatro celebraciones de fechas importantes dentro del calendario. Así, establecieron qué sucederá con aquellas fechas que sean consideradas como “trasladables”.
Se trata de un aspecto no contemplado explícitamente por la legislación actual, que fue esclarecido a partir de la publicación en Boletín Oficial basándose en la Ley N° 27.399. Esta última rige la organización de los feriados nacionales y los días no laborables en el país, y en la Ley de Ministerios N° 22.520, que asigna competencia en materia de feriados a la Jefatura de Gabinete de Ministros.
En este contexto, el Poder Ejecutivo esta