El Consejo de Estado salvó la elección de la defensora del Pueblo, Iris Marín, que había sido impugnada por paridad de género. Se trataba de la primera terna presentada por el Presidente para este cargo, conformada únicamente por mujeres, lo que, según el demandante, violaba el principio de inclusión.
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El accionante sostuvo que con la exclusión de hombres en la terna presentada por el Presidente se vulneraban los artículos 13 y 40 de la Constitución, así como los artículos 1, 23 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y 3, 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. A su juicio, la medida restringía de manera injustificada la posibilidad de qu