A partir del caso de un interno que denunció irregularidades en la atención médica necesaria para tratar su cáncer, la Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-308 de 2025, reiteró que el derecho a la salud de las personas privadas de la libertad debe mantenerse incólume y sin restricciones.

Los detalles de la demanda admitida por la Corte Constitucional contra la zona binacional entre Colombia y Venezuela

La Sala, integrada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera y los magistrados Miguel Polo Rosero y Jorge Enrique Ibáñez Najar —quien la preside—, encontró que existió una falla sistemática en la articulación entre las entidades responsables, lo que ocasionó una afectación directa de los derechos fundamentales a la salud y a la dignidad humana d

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