Por Agencia DIB

Según lo dispuso el Decreto 614/2025 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó a que los feriados trasladables se muevan al viernes inmediato anterior o al lunes siguiente. El cambio busca completar un vacío legal en la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales, pero no especificaba qué hacer en los casos en que caen en fines de semana.

El decreto no modifica el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado. La medida alcanza únicamente a los feriados catalogados como trasladables en la normativa vigente, que a partir de ahora podrán moverse al viernes anterior o al lunes posterior en caso de coincidir con sábado o domingo.

La decisión se fundamenta en una interpretación sistemática del

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