El Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, que data de 1988, prohibe el transporte de niños menores de 10 años en motos. El recordatorio lo hizo el director del Servicio de Tránsito de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), y vicepresidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), Willian Blanquis, esta semana en una entrevista televisiva.
El comisario advirtió que las personas que sean detenidas inflingiendo esta Ley serán procesadas legalmente.
La norma está establecida en el artículo 31 del reglamento arriba mencionado, que aborda el uso y circulación de motocicletas en Venezuela. Indica expresamente que queda prohibido «transportar niños o niñas menores de 10 años, mujeres embarazadas y adultos mayores de 60 años».
El incumplimiento de dicha medida puede acarrear s