Recoge el artículo 138 de la Constitución española que «el Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular». Y añade que «las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales». Si no fuera porque estamos seguros de que se corresponde con la Carta Magna que nos dimos en 1978, tendríamos la tentación de pensar que se trata de un retrato de un país muy alejado de la España de 2025. El derecho pasa por ser un deseo, un ideal hacia el que encamina

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