De acuerdo con el Código Civil del Estado , la pensión alimenticia de hijos a padres en situación precaria , procede a partir de los 60 años de edad, señaló la magistrada adscrita a la Sala Mixta Civil, Familiar y Mercantil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Ruth Bravo Ortiz .

“Así como los padres son obligados a dar pensión alimenticia a sus hijos, la ley reconoce que también los hijos están obligados a dar pensión alimenticia a sus progenitores, siempre y cuando se encuentren en una situación precaria, que no tengan sustento económico para obtener por sí mismos estos alimentos, y señala que tiene que ser cuando sean adultos mayores”, expresó en una entrevista.

Recordó que también de acuerdo a la ley, un adulto mayor es reconocido legalmente cuando la persona cumpl

See Full Page