En el marco de la glosa del Tercer Informe del gobernador Julio Menchaca se presenta el instrumento jurídico-democrático, a título de posible, de la revocació n de mandato, que en términos estrictos es una figura legal que “apela a una democracia a plenitud” donde el pueblo puede, de adherirse a las firmas petitorias, cesar la gestión de un representante popular , en este caso, el gobernador de Hidalgo.

La revocación de mandato en la arquitectura constitucional es una figura escabrosa porque mantiene filtros inmediatos y apunta al control de la fuerza política mayoritaria y, en el caso de Hidalgo , por ponderación de fuerza de voto se requieren 236 mil firmas para que el mandato de Julio Menchaca sea sometido a juicio de Congreso para ser revocado; lo cual, no implica que co

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