Enfrentarse cada mes a los recibos de la comunidad de vecinos es un esfuerzo considerable para muchas familias. Pero, si además incluyen alguna derrama , el gasto puede hacer un buen roto al bolsillo durante una buena temporada.
La Ley de Propiedad Horizontal , en su artículo 9, establece que todo propietario debe hacerse cargo de los gastos generales del edificio o de la urbanización en la que resida. Su aportación económica viene dada por el coeficiente de participación que tenga asignado a cada vivienda, independientemente de que el propietario utilice o no las zonas comunes. Y sí, también recoge, que si la comunidad aprueba en junta derramas extraordinarias para mejoras, también hay que hacerles frente.
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