De acuerdo con el artículo 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, un contrato de adhesión es “el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato”.
Entonces, en esa unilateralidad, al consumidor no le queda más que adquirir los bienes o servicios que ofrezca un proveedor, en los términos impuestos por este, lo que claramente lo ubica en una franca desventaja, algo así como un pacto leonino en muchos casos.
Por supuesto que nada gratis estaría pidiendo el consumidor, por lo que aquí no aplicaría el dicho popular de “a caballo regalado no se le ve el co