Un nuevo truco para expulsar okupas de las viviendas ha comenzado a circular entre propietarios y expertos. Este método resulta ser uno de los más eficaces hasta ahora para recuperar una vivienda en tiempo récord.

Si un okupa entra en tu vivienda y tienes un arma , deberás llamar inmediatamente a la Guardia Civil . En nuestro país, no se puede portar ni poseer armas de fuego sin la correspondiente autorización o licencia de las autoridades competentes.

Para solicitarla, además de la documentación requerida para cada tipo de arma, los interesados deben acreditar la posesión de aptitudes psíquicas y físicas adecuadas , así como los conocimientos necesarios sobre mantenimiento, conservación y manejo de las armas.

Si no cumples con estas normas, te arriesgas a sanciones penales o administrativas. Las personas físicas y jurídicas que posean armas de fuego están obligadas a guardarlas en un lugar seguro y adoptar las medidas necesarias para evitar su robo o pérdida.

Por otra parte, siempre que las autoridades lo requieran, tendrán que presentarlas ante ellas y también deberán declarar de forma inmediata la pérdida, robo, destrucción o sustracción de las armas o de la documentación.

El ‘truco’ para expulsar a los okupas de las viviendas

Si te dedicas a la caza, práctica de tiro y estás federado o tienes un arma en casa por otros motivos legales , debes conocer que tienes que llamar rápidamente a la Guardia Civil si los okupas entran en tu domicilio donde tienes tu arma. Tener un arma puede jugar a tu favor para expulsarlos antes.

La okupación de una vivienda deshabitada se considera un delito leve de usurpación de inmuebles según el artículo 245 del Código Penal . Al estar catalogado como usurpación y no como allanamiento (al no vivir nadie en la vivienda), el proceso de desalojo es mucho más largo y complejo.

La situación es diferente cuando hay un arma en esa vivienda aunque no sea tu casa principal. Primero tienes que informar a la Guardia Civil de que eres responsable del arma de fuego del inmueble que está ocupado. Al haber una presencia de arma en una vivienda okupada se introduce un nuevo delito: la posesión ilegal de armas según el artículo 564 del Código Penal.

Al denunciar esta situación, aumenta las posibilidades de que e l juez ordene el desalojo de la vivienda lo antes posible . Además, el juzgado puede dictar una autorización inmediata para que la Guardia Civil entre en la vivienda y recupere el arma.

Este método ofrece a los propietarios que tengan armas legales una solución más rápida y efectiva para recuperar sus viviendas ocupadas.