El Tercer Tribunal Colegiado en Tepic negó amparo a una institución bancaria por lo tocante al pago que demandó una persona de su Afore, ante el fallecimiento de un familiar.

Efectivamente, la Junta Especial Federal de Conciliación y Arbitraje número 61 reconoció como único y legítimo beneficiario al demandante, cuya identidad es omitida.

De acuerdo con la información disponible, en octubre del 2023 se dictó fallo en la Junta Especial Federal, resolviendo declarar al quejoso como legítimo beneficiario de los derechos derivados de la relación de trabajo que tuvo su familiar.

En tal sentido, se condenó a la Afore bancaria a realizar el pago acumulado, por cesantía y vejez, entre diversos rubros.

De igual forma, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFO

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