El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que, en este regreso a clases, los pagos por colegiaturas y transporte escolar pueden deducirse en la declaración anual de personas físicas, siempre que se cumplan los requisitos para familiares ascendientes o descendientes en línea recta.

El beneficio fiscal aplica si los familiares no perciben ingresos superiores al valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 41 mil 273 pesos. En el caso de transporte escolar incluido en colegiaturas, el monto debe separarse en la factura para que la deducción sea válida.

No son deducibles conceptos como inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos. Además, el monto anual deducible por estudiante tiene un límite: preescolar 14 mil 200 pesos, primaria 12 mil 900,

See Full Page