Conforme a la ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, en 2015, se constituyó el Órgano de Revisión de Salud Mental a nivel provincial mediante la ley Nº 3.343, con la finalidad de “proteger los derechos humanos de las personas usuarias de los servicios de salud mental”.

La provincia así adhirió al nuevo paradigma que presenta la Ley nacional en el que la persona con padecimiento mental es un sujeto de derecho, a quien se le debe “garantizar recibir atención humanizada, sanitaria, y social integral”. La ley de Salud Mental 26.657, se basa en el marco filosófico de salud mental desde el enfoque de derecho, por lo que constituye un instrumento esencial para la concreción de indicadores favorables para el área.

En este contexto, según comentó a TiempoSur, Alfredo Jaramillo, referente local

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