Una trabajadora que sufrió un accidente laboral que le ocasionó una incapacidad prolongada fue despedida por su empleador en plena etapa de rehabilitación de una fractura de tobillo. Con fundamento en el incumplimiento de la Ley 361 de 1997, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ordenó su reintegro y el pago de los salarios dejados de percibir durante el tiempo en que estuvo desvinculada.
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El caso había sido fallado a favor de la estación de servicio en la que trabajaba, primero por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito el 18 de junio de 2019 y luego, en segunda instancia, por el Tribunal Superior de Barranquilla el 30 de abril