El Gobierno dispuso que accionistas y directivos de entidades financieras deberán presentar una declaración jurada al momento de comprar moneda extranjera, comprometiéndose a no adquirir títulos valores con liquidación en moneda extranjera durante 90 días.

Mediante la Comunicación A 8332 del Banco Central (BCRA), dirigida a las entidades financieras y operadores de cambio, se incorporó un nuevo punto al texto ordenado sobre Exterior y Cambios, que regirá para las operaciones a partir de mañana viernes.

Según lo establecido, las entidades podrán permitir el acceso al mercado de cambios a personas humanas residentes para la compra de billetes en moneda extranjera —ya sea para tenencia o para la constitución de depósitos— siempre que el cliente cumpla determinados requisitos.

El nuevo requ

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