Registrar un contrato ya no es una exigencia legal obligatoria , pero eso no significa que convenga dejar de hacerlo. La ex AFIP - actual ARCA - aclaró en su momento que quienes busquen aprovechar deducciones y exenciones en Ganancias, Bienes Personales, IVA o Impuesto al Cheque, todavía necesitan tener sus contratos cargados en el sistema oficial .
En la práctica, registrar el contrato es una manera de blindarse ante posibles reclamos y, además, de reducir la carga impositiva . La medida aplica tanto a propietarios como a inquilinos, e incluso a monotributistas con inmuebles en alquiler.
El trámite es gratuito , se hace de manera digital y tiene plazos concretos: debe realizarse dentro de los 15 días corridos posteriores a la firma de un nuevo contrato.
Cuándo conviene re