La Comisión Nacional de Energía publicó el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación en el que se emiten disposiciones administrativas y Lineamientos para el balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir las pipas o unidades registradas en permisos de transporte y distribución de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos .

“Conforme a lo establecido en el artículo 76, primer párrafo, fracción II, incisos b) y c) y segundo párrafo de la Ley del Sector Hidrocarburos, la realización de las actividades de transporte y distribución de Petrolíferos, Gas Licuado de Petróleo y Petroquímicos requieren de un permiso otorgado por la Comisión y las personas permisionarias deben cumplir con la obligación de entregar cualquier información objeto de los

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