El Seguro de Cesantía , a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), protege al trabajador en caso de quedar sin empleo si el contrato se rige por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública.
Cada afiliado a la AFC posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles y cuyo dinero se puede retirar en giros mensuales en caso de quedar cesante.
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