Ante las lluvias torrenciales el aviso de protección civil es claro: evite desplazamientos. ¿Eso implica no ir a trabajar? ¿En qué casos? Si la empresa no da indicaciones ¿cómo debo actuar? ¿Si no acudo a mi puesto de trabajo me puedes amonestar? ¿Debo recuperar las horas? ¿Hay permisos por alerta roja? Si puedo teletrabajar ¿debo hacerlo? Las preguntas en el ámbito laboral se acumulan tanto para el empresario como para el trabajador y desde Molina Consultores Jurídicos Laborales dan respuesta para Levante-EMV.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que existe un permiso retribuido de hasta cuatro días si se dan las siguientes circunstancias:

- Que sea imposible llegar al centro o transitar por las vías necesarias por recomendaciones, limitaciones o prohibiciones dictadas por l

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