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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT ) resolvió prohibir en todo el territorio nacional la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos marcas de aceite de oliva que resultaron ser productos apócrifos.
La medida quedó oficializada este lunes mediante las disposiciones 7214/2025 y 7215/2025 publicadas en el Boletín Oficial. Los artículos alcanzados por la prohibición son: "Aceite de oliva extra virgen marca Morando Premium , primera prensada en frío", "Aceite de oliva virgen extra de primera presión en frío, marca Estancia Olivares , origen Mendoza, RNE 13310522, RNPA 13496730".
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