La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una multa de 70 mil euros a LVMH Iberia, filial del grupo francés de cosmética de lujo, por incluir a una empleada en un grupo de WhatsApp de la empresa utilizando su número de teléfono personal sin contar con su autorización.
El organismo consideró que la compañía infringió el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al tratar de forma ilícita información personal de la trabajadora. Además, determinó que se vulneró su derecho a la desconexión digital, ya que la incorporación al grupo se produjo mientras estaba de vacaciones.
El caso que derivó en la sanción
La trabajadora denunció que, pese a haber informado por correo y de manera verbal que dejaría de usar su celular personal para asuntos laborales durante sus vacaciones