El Congreso de la República promulgó la ley que autoriza modificar la denominación de pasaporte especial por pasaporte oficial , y la de salvoconducto por pasaporte de emergencia.

La Ley 32457, publicada en el boletín Normas Legales del Diario El Peruano , precisa que el Estado peruano expide cuatro tipos de pasaporte: a. Pasaporte ordinario, b. Pasaporte oficial, c. Pasaporte diplomático, y d. Pasaporte de emergencia.

El pasaporte oficial, denominado actualmente pasaporte especial, permite identificar el documento otorgado a funcionarios públicos en el marco de misiones oficiales.

En tanto, el pasaporte de emergencia es emitido por las oficinas consulares de Perú en el exterior para un nacional peruano cuando no sea posible expedirle un pasaporte ordinario y se requiera

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