El 30 de junio de 2025 se dictó el decreto n.° 5.145, publicado en Gaceta Oficial n.° 6.918 extraordinario, mediante el cual se modifica parcialmente el régimen del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las importaciones. Esta medida se enmarca en la política oficial de incentivar la producción nacional y restringir las importaciones, aunque también persigue un aumento de la recaudación fiscal.
El decreto suspende la exención de IVA prevista en el artículo 17 numeral 1 del decreto ley del IVA para bienes importados como alimentos básicos, medicinas, fertilizantes y materiales agrícolas (mencionados por el artículo 18). Es decir, productos que hasta ahora ingresaban al país libres de impuesto al valor agregado pasan a estar gravados, salvo que aparezcan en el apéndice I del decreto,