En México, es común pensar que un préstamo de un familiar o amigo cercano es un asunto completamente privado y sin implicaciones fiscales. Sin embargo, si el monto recibido en calidad de préstamo supera los 600,000 pesos en un solo año fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige que se declare ante la autoridad tributaria. De lo contrario, podrías ser acreedor a multas , recargos y sanciones considerables.
En ese sentido, es importante señalar que la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su Artículo 90, establece claramente que las personas físicas residentes en México deben informar, en su declaración anual , los préstamos, donativos o premios que hayan recibido durante el año fiscal, cuando individualmente o en conjunto excedan los $600,000 pesos. Lo