“ Los activos virtuales no están regulados en el Perú. Solamente hay una norma del Ministerio de Justicia que dice que los proveedores activos virtuales tienen que reportar a la UIF cuando existe una operación sospechosa” , señaló Sergio Espinosa, jefe de la SBS en el Congreso.
En tal sentido, refirió que cualquier persona podría abrir una empresa de activos virtuales sin tener que pedir permiso a nadie o tramitar una licencia. Además, añadió, tampoco debe pasar por una un proceso de análisis, por ejemplo, de sus antecedentes.
Sergio Espinosa, superintendente de Banca, Seguros y AFP. (Foto: Hugo Pérez)
“Allí hay una debilidad porque no existe ningún registro más allá de la UIF de quién está detrás, por ejemplo, de una actividad de monedas o activos virtuales. Ha o