
La Fiscalía ha utilizado la vista de esta tarde en el juzgado de Juan Carlos Peinado para terminar de impugnar la totalidad de la investigación del magistrado a Begoña Gómez y el resto de imputados. La intervención del fiscal ha girado entorno a un escrito que acababa de presentar y en el que repasa toda la pieza principal que Peinado acaba de transformar para que acabe en un tribunal del jurado. En el escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, el fiscal José Manuel San Baldomero afirma que la investigación a la mujer del presidente del Gobierno no se basa en “hechos concretos” ni en “pruebas o indicios reales y objetivos”, al tiempo que reclama el archivo de la causa que el magistrado inició tras una querella presentada por Manos Limpias y ha ido ampliando apoyando en las acusaciones populares, algunas vinculadas a la extrema derecha.
Esta petición forma parte de las alegaciones del representante del Ministerio Público ante la decisión del juez de derivar ante un segundo jurado popular a parte principal de la investigación, en la que indaga en la actividad de Begoña Gómez en la Universidad Complutense y sus relaciones con el empresario Juan Carlos Barrabés. Días antes, el pasado 23 de septiembre, el juez había tomado una decisión similar en relación con la pieza separada en la que investiga las tareas realizadas por la asesora de la Moncloa que gestiona la agenda de Begoña Gómez, en una decisión también impugnada por el fiscal.
En relación a los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, las acusaciones sostienen que Begoña Gómez logró un trato de favor de la Administración para Barrabés, quien daba tres clases en el máster que ella codirigía en la Complutense y por las que cobraba 150 euros brutos cada una. En su escrito, el fiscal afirma que Begoña Gómez no pudo influir en adjudicaciones por el mero hecho de ser esposa del presidente del Gobierno y recuerda que la investigación no ha sacado a la luz ningún “acto concreto” en el que se haya concretado esa supuesta influencia a favor del empresario.
“Se ha hablado de tráfico de influencias con cierta generalidad, sin precisar ni concretar una imputación con unos hechos concretos y determinados y basados en pruebas o indicios reales y objetivos”, dice el escrito
El fiscal es contundente respecto de la acusación de apropiación indebida, por parte de Gómez, de un software, que pertenecería a la Universidad Complutense de Madrid. “Si la hipótesis inicial de la apropiación parecía ser que María Begoña Gómez, a quien se atribuiría la condición de depositaria del referido programa, se había llevado físicamente el mismo en un USB o dispositivo similar, o que el referido software o aplicación tecnológica desarrollado en la cátedra TSC pudo ser copiado o reenviado después a otros servidores, a la vista de lo actuado el resultado no ser así.
O lo que es lo mismo, las diligencias ordenadas por Peinado no solo no han encontrado indicios de la comisión del delito si no que lo han hecho justo de lo contrario. “Al parecer los trabajos realizados por los diferentes colaboradores y entidades a quienes se encomendó se desarrollaron, si bien la finalización y el logro de un real funcionamiento y puesta en marcha eficaz no se habría llevado a cabo”. El fiscal concluye: “De ninguna de estas actuaciones hay elemento probatorio de respaldo, a pesar de la exhaustiva indagación realizada hasta el momento”.
Tampoco hay ánimo de lucro en la actuación de Gómez, según el fiscal. El software, explica San Baldomero, “perseguía el desarrollo de una plataforma gratuita que permitiera a pymes y oNG planificar y mejorar en los objetivos de desarrollo sostenible y medición e impacto de las medidas llevadas a cabo”.
¿Podría haber un “enriquecimiento paralelo subrepticio”? “No parece factible”, alega el fiscal, porque se hubiera descubierto en la “exhaustiva y desorbitada indagación sobre cuentas bancarias e información patrimonial de la investigada”, añade.
Por otra parte, San Baldomero se refiere a la acusación de intrusismo profesional contra Gómez por haber firmado unos pliegos a petición de la propia Universidad Complutense. Afirma el fiscal que la exigencia de una titulación concreta para realizar esa tarea ha surgido “de forma recurrente en los últimos años en defensa de intereses coporativos y profesionales”. Es legítimo, dice el fiscal, pero añade que también resulta controvertido.
En cualquier caso, considera el fiscal, se trata de un debate inocuo en el marco de la presente causa porque en el caso de Begoña Gómez no se da en ningún caso “el componente doloso” necesario para acusar de un delito. “A la investigada se le indicó expresamente que lo firmara ella, desde la Gerencia Escuela de Gobierno de la Universidad”, escribe el fiscal remitiendo a los correos electrónicos que constan en el procedimiento.