Si alguien presta servicios este lunes 13 de octubre, día festivo nacional en Colombia, tiene derecho a un recargo sobre su salario ordinario según lo establece el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). En concreto, la ley señala que el trabajo en días festivos debe remunerarse con un recargo del 75% sobre el valor de la hora ordinaria , proporcional a las horas efectivamente laboradas.
Por ejemplo, para un trabajador con salario mínimo legal mensual vigente en 2025, el diario ordinario se calcula como $47.450 (sin incluir auxilio de transporte). En ese caso, la remuneración completa del día festivo con recargo sería el 1,75 veces ese valor, es decir aproximadamente $83.037 .
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