El Consejo de Estado concluyó que el presidente Gustavo Petro y la Presidencia de la República, vulneraron el derecho a la información de varios ciudadanos que radicaron tutelas contras las alocuciones del mandatario, al considerar que esa figura se estaba usando de manera inadecuada y desproporcionada.
Desde el alto tribunal detallaron que “tras analizar el fondo del caso, la Sala concluyó que el Presidente y la presidencia de la República hicieron un uso inadecuado de la prerrogativa de la alocución televisada . Esta conclusión se basó en la falta de justificación de los temas tratados, así como en la frecuencia, reiteración y duración de las intervenciones“.
El caso empezó cuando los ciudadanos Nelson Augusto Martínez Bolaño, Miguel Uribe Turbay, Mauricio Aragón Sinisterra, Mauricio