El Consejo de Estado dictó recientemente una sentencia que impone límites claros a las alocuciones presidenciales y a los consejos de ministros que se emiten por televisión, estableciendo un mayor control sobre esas intervenciones oficiales.
El fallo señala que cada intervención del presidente (ya sea por canales públicos, privados, regionales o comunitarios) debe obedecer una “justificación o razón suficiente”, lo que implica que solo podrían llevarse a cabo en situaciones calificadas como “urgentes”.
Asimismo, se prohíbe que estas alocuciones se repitan de forma frecuente en cortos intervalos (por ejemplo, dentro de una misma semana).
En cuanto al contenido y duración, la sentencia exige que la solicitud de transmisión ante la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) sea temátic