Un magistrado vestido con la tradicional toga. Javier Etxezarreta | Efe

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica que la inscripción en el registro es un requisito constitutivo y no meramente formal, por lo que deniega un subsidio por valor de 1.576,74 euros mensuales 14 oct 2025 . Actualizado a las 05:10 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de denegar una pensión de viudedad a una mujer que convivió durante más de dos décadas con su pareja fallecida y con quien tuvo dos hijos, al no estar inscritos como pareja de hecho en ningún registro oficial.

La sentencia, dictada el 29 de julio de 2025 por la Sala de lo Social del TSJA, desestima el recurso presentado por la demandante cont

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