La Secretaría de Movilidad (Semovi) explicó que ya se puede tramitar la licencia especial para manejar unidades que transporten sustancias tóxicas o peligrosas.

El pasado 10 de octubre se publicaron en la Gaceta Oficial modificaciones al Reglamento de la Ley de Movilidad para la alta y conducción de vehículos utilizados para trasladar este tipo de sustancias.

El artículo 120 del Reglamento de la Ley de Movilidad establece que, al realizar el trámite de alta de vehículos para el servicio de transporte de carga de sustancias tóxicas o peligrosas, éstos deberán contar con el dictamen de seguridad otorgado por la autoridad competente, en donde se avala el conocimiento en el manejo de las mismas.

Todos los trámites de alta de unidades extranjeras deberán presentar el pedimento de importación

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