Aunque en nuestra Constitución no existe la palabra protesta, sí prescribe que toda persona tiene derecho “a reunirse pacíficamente sin armas”, precisando que las reuniones “que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad”, y que pueden prohibirse por razones de seguridad o sanidad pública.

El simple raciocinio de esta disposición constitucional infiere que, para reunirse y hacer uso de la libre expresión, no se requiere ir provisto de cascos, artefactos explosivos, palos, escudos, combustible, ni mucho menos ocultando la identidad. Quien lo hace, obviamente no está yendo a una manifestación pacífica, tiene la clara intención de violentar el orden público, y eso es delito. Aquellos que lo auspician, avalan y no lo evitan, sencillamente se encuentran vinc

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