Este sábado se conoció oficialmente el decreto con el que se habilita oficialmente a la Imprenta Nacional para la fabricación de los pasaportes, se trata del decreto 1099 de 2025.
En la orden se entra a reglamentar el artículo 5 de la ley 109 de 1994, que ordena que todas las entidades del Ejecutivo y organismos de las ramas legislativas y judicial “están obligados a contratar sus publicaciones e impresos con la Imprenta Nacional de Colombia”.
En el decreto en cuestión se específica que la Imprenta hará distintos trabajos de impresión, incluyendo la impresión de pasaportes, cédulas de extranjería y otro tipo de documentos de identificación como Permiso de Protección Temporal (PPT), Permiso Especial de Permanencia (PEP) y demás instrumentos migratorios.
El texto también especificó que di