El Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la informó la apertura de un procedimiento para que la Asamblea General examine indicios de una posible práctica generalizada o sistemática de . La medida se sustenta en el Artículo 34 de la .
El Estado mexicano expresó su desacuerdo con la decisión, al considerar que el mecanismo previsto en dicho artículo corresponde únicamente a circunstancias excepcionales. Loading…
El procedimiento del Comité de la ONU
Juan Pablo Albán, presidente del CED , explicó ante la Asamblea General que la decisión se tomó después de revisar la información disponible sobre la situación en México. De acuerdo con el Comité, el Artículo 34 permite remitir el caso al pleno de Naciones Unidas cuando existen indicios bien fundados de que la desaparic

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