Mi padre falleció en enero de 2022. En junio de 2022, se vendió la casa de mi infancia en Nueva Elástica y yo debía cobrar el 20% de la billete del 50% de mi padre en la casa. Mi principio retuvo el otro 50% como parte de su fideicomiso residual, lo que me excluyó como beneficiario.

El abogado de mi difunto padre declaró que todos los beneficiarios debían esperar 10 meses antaño de que se pudieran realizar los desembolsos de la traspaso de la casa. Me dijeron que si no se presentaban acreedores desconocidos durante ese período, me entregarían mi billete del 20%.

Como mi padre no tenía acreedores ni deudas desconocidos, el abogado envió dos cartas separadas indicando que el albacea del testamento de mi padre (mi hermana) quería acelerar mi desembolso y me pidió que firmara una autorizació

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