La Justicia Nacional Electoral estableció una sanción económica de $77.000 para quienes capturen imágenes de la Boleta Única de Papel durante los comicios del 26 de octubre. La medida, formalizada a través del artículo 71 inciso G del Código Nacional Electoral, busca preservar el carácter secreto del voto y prevenir mecanismos de control político.
La prohibición se aplica específicamente a la toma de fotografías dentro del cuarto oscuro durante el acto de votación. La norma surge como respuesta a la práctica extendida de documentar el proceso electoral mediante dispositivos móviles, particularmente en plataformas digitales. El juzgado Federal N°1 de La Plata, a cargo del magistrado Alejo Ramos Padilla, fue el organismo encargado de instrumentar esta disposición.
El sistema de Boleta Únic

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