¿Qué pasó?
Favorable fue el fallo que recibió un conserje que había recurrido a la justicia alegando un despido injustificado por parte de su empleador, luego de más de 23 años de servicio a la misma comunidad de un edificio en el sector oriente de la capital.
De acuerdo con los alegatos del recurrente, fue el 18 de octubre de 2023 cuando le informaron que no seguiría trabajando en ese lugar. Según su versión, esta acción no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 162 del Código del Trabajo , que plantea que la carta de despido debe ser certificada , lo que solo se puede realizar a través de la empresa Correos de Chile. En ese sentido, cabe destacar que la notificación se llevó a cabo mediante Chilexpress.
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