 
La Audiencia Provincial de Madrid ratifica la decisión del juez Juan Carlos Peinado de reclamar siete años de registros de llamadas realizadas por Cristina Álvarez, la asesora de la Moncloa que gestiona la agenda de Begoña Gómez.
En un auto, los jueces explican que deben analizarse las llamadas vinculadas con la Universidad Complutense de Madrid y las empresas patrocinadoras de la cátedra que codirigía la esposa del presidente del Gobierno o con el empresario Juan Carlos Barrabés, pero dejan fueran las relativas a asuntos que no son objeto de la investigación, como el asunto del rescate de Air Europa, Globalia o el África Center del Instituto de Empresa.
Los jueces de la Sección 23 estiman de forma parcial un recurso que presentó la defensa de Cristina Álvarez contra la decisión del juez de reclamar dichos registros de llamadas. La Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez se adhirieron a ese recurso. Los jueces afirman que el hecho de que Cristina Álvarez facilitara su número de teléfono durante una declaración como testigo que fue anulada no impide que se lleve a cabo esta diligencia.
El auto concluye que el dato de origen —el número de teléfono facilitado voluntariamente— no contamina la diligencia, siempre que esta se acuerde “con cobertura legal”. Y añade que la obtención de datos objetivos y neutrales (como un número de teléfono, dirección o relación profesional) durante una declaración no constituye una declaración autoincriminatoria en el sentido del artículo 24 de la Constitución.

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