En el deporte profesional español, hay una norma que se cumple poco pero es de obligado cumplimiento por ley : las seis semanas de permiso por nacimiento y cuidado del menor . Una obligación legal que afecta a cualquier trabajador, incluidos los deportistas, y que, sin embargo, rara vez se aplica en el ámbito del fútbol, el baloncesto o el deporte de élite .
El artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que el contrato de trabajo debe suspenderse durante 16 semanas, seis de ellas obligatorias e irrenunciables para ambos progenitores. Esto significa que durante ese periodo el deportista no puede entrenar ni competir , y el club está obligado a comunicar la baja a la Seguridad Social. Sin embargo, la práctica demuestra que en la mayoría de los casos los deportista

El Diario de Madrid

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